3/3/2022
Sobre el discernimiento de lo verdaderamente caritativo y la acción prudencial
Daniel H. Castañeda y G.
Las consideración de los hábitos intelectuales permite el ejercicio de una razón que conoce y discierne el bien en las más variadas situaciones.

 

Una vez más trata de hacerse una aportación al método de las ciencias de la acción. En esta ocasión motiva el tema la enseñanza práctica del papa Francisco sobre la caridad, en específico, al poner por obra aquella parábola evangélica del pastor que deja las noventa y nueve ovejas y va en busca de la perdida (Lc., 15, 3-7), en relación específica al acceso a los sacramentos de los divorciados vueltos a casar civilmente. Obviamente la prensa sensacionalista, y lamentablemente muchos pastores, han malentendido o buscado malentender, distorsionar o hasta retorcer esta enseñanza, pero la finalidad de esa búsqueda de la oveja perdida es su reintegración al rebaño, su salvación eterna. Francisco ha sostenido que estos planteamientos caritativos radican en Tomás de Aquino y son doctrina moral segura[1]. Específicamente, han de situarse en su enseñanza sobre la prudencia, y más aún, en el tratamiento que hace de las virtudes o hábitos que gobiernan el juicio práctico, o sea, la synesis, pero sobre todo en la gnome [2].Estos hábitos permiten el ejercicio de actos racionales que, entre otras muchas cuestiones, conocen y disciernen finamente las exigencias del evangelio en los específicos condicionamientos y precisas circunstancias de las personas reales. Estos hábitos hacen cognoscible lo que es en sí mismo poco cognoscible. Cabe aclarar que, aunque no son propios de la interpretación moral de la escritura o de la doctrina, sino de toda acción humana, aquí se estudian gracias al citado motivo.

Para tratar de entender cómo estos actos conocen lo verdaderamente caritativo, en primer lugar, hay que seguir a Alejandro Guzmán, quien parece agotar el tema de la epieikeia en Aristóteles, la cual tiene una “notable coincidencia de su contenido con el método interpretativo de los juristas romanos”[3]. El epieikes consiste en una rectificación del error por insuficiencia de lo justo legal debido a su generalidad. Aristóteles considera que la ley se expresa lingüísticamente en términos generales por lo que no es exhaustiva respecto de la infinita variedad de las cosas agibles y practicables. Por tanto, el caso omitido por la ley habría de resolverse según la epieikeia, o sea, “con idéntico criterio con el que el legislador lo hubiese resuelto”[4], por lo que al final ha de solucionarse ya sea extensivamente, haciendo ingresar el caso a la esfera de aplicación de la ley, o restrictivamente, dejándolo fuera de dicha esfera, pero acudiendo más al pensamiento del legislador y menos a la palabra del texto. Esto significa “desentrañar la dianoia del legislador, es decir, su pensamiento en torno a la cosa regulada”[5]. Al final, la resolución epieikes es parte de lo justo y la epieikeia de la justicia.

Según Guzmán, Aristóteles habla de la epieikeia en un contexto eminentemente legal y jurídico; sin embargo, esta noción permite aclarar la doctrina de la gnome en Polo, lo cual a su vez permite explicar la verdad de la caridad en los planteamientos de Francisco. Esto supone dejar de lado el tratamiento en Tomás de Aquino pues ya ha sido estudiado con anterioridad[6],pero sobre todo porque el planteamiento de Polo representa un avance [7],pues permite entender cómo se ampliaría la interpretación meramente legal de la epieikeia, contextualizándola en el plexo de los medios y su conocimiento judicativo gnómico, yendo más allá del recurso al pensamiento del legislador y a extremos todavía no aclarados como el derecho natural y el sentimiento de justicia. Aunque Polo sigue el espíritu aristotélico y jurídico de que “por encima de la justicia está la epiqueia o excepción de la regla (es la flexibilidad de la justicia)”[8], su doctrina de la gnome supone una ampliación de la noción de epieikeia.También habrá que dejarse de lado el tratamiento del aequus, el cual, aunque es usado por los juristas romanos y está claramente enclavado en la gnome, es menos amplio por ser más ceñido al ámbito legal y al jurídico.

Una vez precisado este extremo, han de citarse los hábitos que gobiernan los actos de la razón práctica que pueden denominarse cuasi científicos. Primeramente, el que versa sobre el consejo, la eubulia, que “sería la discreta distinción de la pluralidad de bienes mediales”[9]; y, en segundo lugar, los que versan sobre el juicio: “la synesis la comprensión de su respecto complexivo; y la gnome entendería que el plexo posee cierta flexibilidad, es decir, que excepcionalmente un medio admite una pluralidad de usos, sin que ello comporte astucia, sino ingenio”[10]. Por ende, la gnome es el hábito intelectual que gobierna o “versa sobre el juicio práctico, pero en aquellos casos no previstos por la ley. Por eso, frecuentemente, la gnome se equipara a la epiqueia[11], es decir, a la epieikeia[12].

En estas líneas solo se pretende resaltar la gnome, sin embargo, todas “estas virtudes pueden considerarse analíticamente, se puede diferenciarlas, pero también como tres dimensiones estrictamente unidas, son virtudes con las que se inicia la prudencia, son su germen”[13]. Solo cabría apuntar que la prudencia es la virtud cardinal en torno a la cual convergen otras virtudes, pero en estricto sentido es la virtud que gobierna el último acto cognoscitivo del proceso de la acción, o sea, el imperium, que es el más importante, no cognoscitivamente, sino de cara a la consecución del fin. Estos otros hábitos gobiernan los actos racionales prácticos antecedentes, los más importantes desde el punto de vista cognoscitivo.

Según Guzmán, para Aristóteles la epieikeia amplía la ley recurriendo al pensamiento del legislador para reconducir el caso a ese pensamiento y con ello encontrar la solución justa. Polo, en cambio, ampliando las nociones más allá de lo estrictamente jurídico, las proyecta hacia todo bien que se persiga con la acción humana y no solo la resolución de casos judiciales; por esto es que “la gnome es una virtud por la cual uno evita que se produzca el desconcierto cuando aparece un bien inesperado”[14]. Este hábito permite a la razón tanto conocer el bien que resuelve un problema, como la consecución de un bien que antes no era conocido con vistas al logro del fin.

Más adelante Polo describe el proceso de descubrimiento, hasta cierto punto psicológico. Aclara que no se trata de algo jurídico, sino ampliado a cualquier bien perseguido con las acciones, ya que “esto tiene que ver con la voluntad, que se conmociona, porque sin esperarlo aparece un bien. Hay una jerarquía de bienes y aparece otro bien, y entonces por medio de la gnome la voluntad no opone resistencia, lo admite, aunque sea un bien diferente de los bienes ya conocidos”[15].Esto último hace referencia a que ese bien descubierto por el acto de la razón gracias al acto de la gnome, no se encontraba dentro del espectro de bienes que solían buscarse en situaciones parecidas. No es el bien acostumbrado, sino que es inventado o descubierto, con apoyo en la solercia y en el consejo. A partir de esto, “si se ejerce este acto de aceptación de los bienes inesperados, entonces se da lugar a la virtud de la gnome[16], por medio del acto de voluntad que le sigue, la electio, que elige ese bien descubierto por la gnome.

A pesar de esta ampliación a cualquier bien perseguido en la acción, Polo no rechaza que también se ejerza en función de la justicia de los tribunales. Por esto, con motivo del tratamiento de la paideia griega, desarrolla la historia de Medea resaltando los valores presentes en él. Uno es el de “la justicia humana, una justicia que admite la epiqueia, aquella virtud importante que tiende a aplicar la justicia con cordura o moderación, es decir, la ley con pensamiento racional, no tomar la ley por la mano, acuciándola con motivos subjetivos, de furia, de venganza, sino de un modo imparcial, la flexibilidad controlante de la virtud de la prudencia”[17].Así pues, es una virtud no solo de jueces sino de toda instancia decisoria.

Cabe destacar que la gnome no comporta una mera excepción a una regla, sino una autentica ampliación del plexo debido al conocer de la razón práctica. Esto se debe a que la razón ante un desafío es iluminada por los hábitos, lo cual le permite conocer más y más bienes, desconocidos antes. Así, la eubulia es el hábito que gobierna elacto racional que conoce el plexo de los medios, no obstante, “la apertura de la eubolía la asegura la gnome. Así como la synesis concreta la eubolía,porque el silogismo práctico comporta una determinación de la voluntad en unos cuantos bienes elegibles, en cambio, la gnomela amplía”[18].Por esto, “cuando nos encontramos con lo nuevo hay que integrarlo. La eubolía tiene que ampliarse sin reticencias”[19].Por ende, la gnome es un hábito que permite a la razón práctica integrar bienes al plexo, es decir, ampliar el plexo de los medios, asumir bienes nuevos, porque “integrar lo nuevo es necesario”[20].Esto significa que “la gnome nos hace ver que la virtud va más allá de la costumbre”[21] pues permite conocer bienes imprevistos, “bienes insospechados, diferentes de los que estamos acostumbrados. Eso puede llevar a un rechazo, a no integrarlos, a no quererlos admitir”[22],motivo por el cual puede afirmarse que “la gnome es la virtud anti conservadora”[23].

Así pues, los bienes inventados o descubiertos gracias al ejercicio de la gnome (y de la eubulia y la synesis), son realmente tales, es decir, son medio para el logro del fin del hombre y con ello de su plenitud. Esto explica que “de acuerdo con estos hábitos, el conocimiento de los primeros principios prácticos por la sindéresis se determina coherentemente en la razón práctica”[24]. Es decir, que, gracias al ejercicio de estos hábitos, es posible la verdad de la razón práctica, pues los objetos de sus actos son determinaciones coherentes de lo conocido por la sindéresis, que no es otro que el fin del hombre. Por tanto, lo conocido, descubierto o inventado por el juicio gobernado por la gnome es auténtico bien o medio para el fin.

A partir de esto ha de considerarse que la virtud o hábito gnome gobierna el juicio práctico gracias a la iluminación de la sindéresis, que activa la razón práctica dotándole sus hábitos. Gracias a esta iluminación, la cual acompaña a la razón práctica durante toda su operación, el acto judicativo puede conocer la solución a los casos difíciles y explica también lo citado más arriba, que “el plexo posee cierta flexibilidad, es decir, que excepcionalmente un medio admite una pluralidad de usos, sin que ello comporte astucia, sino ingenio”. Así, el ingenio es lo que explica las declaraciones papales, no como excepciones o contravenciones a normas sino a la ampliación del plexo gracias al conocimiento de nuevos bienes, por el ejercicio de los actos cualificados por los hábitos. En este caso la gnome que cualifica el juicio práctico.

En segundo lugar, ha de considerarse que la epieikeia, por su anclaje en la gnome, no se reduce a una mera “interpretación equitativa” del ordenamiento legal o moral a través de herramientas tópicas, retóricas, dialécticas, etc., sino que se trata de actos racionales cualificados habitualmente que amplían el conocimiento del plexo de los medios; no es, pues, una mera técnica hermenéutica para reconducir los casos a las premisas del sistema.

La gnome, por tanto, es un conocimiento al máximo del plexo que permite encontrar la solución a casos que no entraban dentro la manera normal (norma) o acostumbrada (costumbre) de resolverlos. Por esto es que se conoce la flexibilidad del plexo, es decir, que no es un monolito clausurado, eterno e inmutable, sino constantemente creciente y vivo, y que gracias al ingenio se descubren más bienes que lo integran y que el bien es más amplio. Con otras palabras, sirve para llegar al fin de más modos; y no que un mal pueda pasar por bien en ciertas circunstancias. Por tanto, el bien es más activo de lo que en un principio parece, es más versátil; en él hay más cognoscibilidad y más utilidad de la que parece.

Así pues, puede concluirse que las declaraciones papales sobre la admisión a los sacramentos de los separados vueltos a casar, responde al descubrimiento de bienes que llevan al fin y no de excepciones a normas, y mucho menos de laxismo o relativismo. Con esta base ya es posible ahondar un tanto en Amoris laetitia para entender el juicio gnómico de la admisión a los sacramentos a los nuevamente casados por civil. Ahí Francisco habla más como pastor y menos como teólogo moralista, de la situación de las personas individuales que viven en circunstancias específicas, concretas y difíciles. Lo hace en un contexto de descentralización[25] en el que “en cada país o región se pueden buscar soluciones más inculturadas,atentas a las tradiciones y a los desafíos locales, porque «las culturas son muy diferentes entre sí y todo principio general (…) necesita ser inculturado si se quiere ser observado y aplicado»”[26]. De aquí que no todas las controversias se puedan resolver con intervenciones magisteriales, sino que los pastores locales tienen voz, los párrocos y especialmente los ordinarios locales, confirmando la doctrina de la iglesia sobre el matrimonio y la familia[27]. Con esta base establece que “ya no es posible decir que todos los que se encuentran en alguna situación así llamada «irregular» viven en una situación de pecado mortal, privados de la gracia santificante”[28]; esto deja un espacio para que puedan, mediando el discernimiento de los pastores locales, recibir los sacramentos.

El discernimiento de los pastores locales iría en la línea de averiguar si hay en los interesados “desconocimiento de la norma, gran dificultad para comprender los valores inherentes a la norma y condiciones concretas que no permitan obrar de modo diferente y tomar decisiones que hagan incurrir en una nueva culpa”[29]. La condición concreta fundamental sería la posibilidad de que “abandonar la unión podría determinar una grave lesión afectiva en uno de los integrantes de la pareja”[30] o de los posibles hijos[31]; es decir, la posibilidad de alcanzar bienes mayores, de recoger a la oveja perdida. En este mismo espíritu gnómico sostiene que “en ciertos casos, podría ser también la ayuda de los sacramentos". Por eso, "a los sacerdotes les recuerdo que el confesionario no debe ser una sala de torturas sino el lugar de la misericordia del Señor» (…) Igualmente destaco que la Eucaristía «no es un premio para los perfectos sino un generoso remedio y un alimento para los débiles”[32]. Desde luego, el discernimiento permite entender la protección de otros bienes que también están en juego, es decir, la cuestión del escándalo. He aquí el resultado de la gnome.

 


[1] Discurso del santo padre Francisco en la apertura del congreso eclesialde la diócesis de Roma, 16 de junio de 2016, respuesta a la segundapregunta.

[2] S. Th., IIa., IIae., q., 47 y ss.

[3] Guzmán Brito, A., Historia de la interpretación de las normasen el derecho romano, 2ª., ed., SCJN, México, 2011, 361.

[4] Ibid.., 364.

[5] Ibid.., 366.

[6] Sellés, J. F., La virtud de la prudencia según Tomás de Aquino, SPUN, Pamplona, 1999, 43 y ss.

[7] Castañeda, D., “El plexo de los medios y el origen antropológico de la jurisprudencia”, Ars Iuris, 54, (2018), 15 y ss. Además, habrá de rectificarse también lo sostenido en Idem., Hacia una nueva filosofía de la jurisprudencia, Porrúa, México,2012, 274.

[8] Polo, L., Las virtudes morales, promanuscrito.

[9] Polo, Leonardo, Antropología trascendental II, Pamplona,Eunsa, 2003, 163.

[10] Idem.

[11] Ibidem., 179.

[12] En español se denomina epiqueya, aunque se admite epiqueia, que traduce la voz griega έπιείκεια.

[13] Polo, L., La conexión de las virtudes,promanuscrito.

[14] Idem.

[15] Idem.

[16] Idem.

[17] Polo, L., Ayudar a crecer, Pamplona, Eunsa, 2006,129.

[18] La conexión de las virtudes.

[19] Idem.

[20] Idem.

[21] Idem.

[22] Idem.

[23] Idem.

[24] Antropología transcendental II, 163.

[25] Evangelii gaudium, 16 y 32.

[26] Amoris laetitia, 3.

[27] No hace referencia específica, pero confirmaría el canon 915 del CIC que establece que “los que obstinadamente persistan en un manifiesto pecado grave” no deben ser admitidos a la sagrada comunión.

[28] Amoris laetitia, 301.

[29] COCCO PALMERIO, Francesco: El capítulo VIII de la Exhortación apostólica pos-sinodal “Amoris laetitia”, PPC, Madrid, 2018, 23.

[30] Ibid., 27.

[31]“Il caso deve essere ben preciso: la persona vive in questasituazione non legittima, si rende conto di questo, vorrebbe cambiare ma nonpuò. E il motivo dell’impossibilità è proprio di non andare contro o lederepersone innocenti, soprattutto se si tratta di bambini. In questo caso laChiesa può dire: ‘Aiutiamo queste persone, con il sacramento della penitenza edell’eucarestia, a progredire verso una maturità e pienezza di attuazione delproposito’”, https://www.agensir.it/quotidiano/2017/2/14/divorziati-card-coccopalmerio-su-magistero-chiesa-solo-diverse-sensibilita/, 12 de agosto de2021.

[32] Amoris laetita, nota 351.